BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA ENTREGA DEL GALARDON
“AVANZA POR LA SIERRA”,A LA PROMOCIÓN DE LA SIERRA DE GUADARRAMA (MADRID) COMO DESTINO TURÍSTICO
Es requisito para participar en la entrega del GALARDÓN “AVANZA POR LA SIERRA” la aceptación, en su totalidad, de las presentes bases promocionales (en adelante, las “Bases”). La participación en la convocatoria y la lectura de las Bases presupone su aceptación.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la entrega del GALARDÓN “AVANZA POR LA SIERRA”, mediante la que los participantes que cumplan con la mecánica establecida en las presentes Bases, podrán obtener EL GALARDON “AVANZA POR LA SIERRA”
PRIMERA.- ORGANIZADOR
La entrega del GALARDÓN será organizada por AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL, S.L. con NIF B-79072823, con domicilio social y a estos efectos en 28021 Madrid, Calle San Norberto nº 48 (en adelante “AVANZA”)
Participan en el otorgamiento de la entrega del GALARDÓN:
El CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID(en adelante “CRTM”), en el ejercicio de su labor como autoridad única responsable de la gestión del transporte público en la Comunidad de Madrid.La ASOCIACION DE DESARROLLO SIERRA DE GUADARRAMA (ADESGAM) con el objetivo de desarrollar, impulsar, promover, ampliar y consolidar acciones encaminadas al desarrollo sostenible de la comarca o, en otras palabras, favorecer el desarrollo económico social; favorecer acciones medioambientales, de turismo, de divulgación del patrimonio cultural, el fomento de empleo e integración social.AVANZA, a través de su División CENTRO, como operador de diversas líneas de transporte de CRTM a la sierra de Madrid, y como grupo empresarial referente en el proceso de transición ecológica hacia flotas cero emisiones, que es capaz de ofrecer servicios sostenibles y de la máxima calidad en entornos muy complejos por su diversidad, mediante respuestas creativas y personalizadas, empleando vehículos de tecnología híbrida.E igualmente tienen cabida, las pequeñas y medianas empresas establecidas en los municipios de la Sierra de Guadarrama, quienes, si así lo desean, podrán colaborar dando difusión al fomento de las actividades enumeradas, al uso del transporte público y a la mayor difusión de los reconocimientos.
SEGUNDA.- FECHAS DE CELEBRACIÓN
El periodo de vigencia de la entrega del GALARDÓN será por Año Natural, en tanto se mantenga vigente.
TERCERA.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR
Podrán ser nominados para la obtención del GALARDÓN todas aquellas personas físicas o jurídicas, e instituciones públicas o privadas que, conforme a lo dispuesto en las presentes bases, desarrollen en su actividad la promoción de la Sierra de Guadarrama, como destino turístico.
Ninguno de los participantes en las distintas ediciones de esta convocatoria, deberá satisfacer importe alguno en concepto de cuota de participación y/o afiliación.
Quedan excluidos para la obtención del GALARDÓN, todo el personal laboral de CRTM, ADESGAM y AVANZA.
En el caso de que alguna de estas personas hubiese sido propuesta para la obtención del GALARDÓN y resultara ganadora, en ningún caso se le otorgará el Premio correspondiente por ser considerada una participación nula y éste pasará al suplente que reúna las condiciones de participación válidas.
CUARTA.- PRESENTACION DE CANDIDATURAS Y PLAZO
Las candidaturas podrán ser presentadas por cualquier persona y/o entidad y, se presentarán cumplimentando la ficha que se facilita en la web avanzaporlasierra.es , debiendo acompañarse de la documentación que se considere conveniente, para acreditar el porqué de la candidatura que se propone.
Las candidaturas se enviarán al correo electrónico:
premiosavanzaporlasierra@mobilityado.com
El plazo para presentar las candidaturas termina a las 14 horas del día 30 de abril de cada año, o primer día hábil siguiente si la fecha de finalización coincidiese con un día inhábil (sábado domingo o festivo), en tanto se mantenga vigente el otorgamiento del GALARDÓN.
QUINTA.- MECÁNICA DE LA ENTREGA DEL GALARDÓN
La mecánica consistirá en el otorgamiento de un único GALARDÓN a la persona física o jurídicas o institución pública o privada, que más haya contribuido a potenciar la Sierra de Guadarrama Madrid, como destino turístico.
No obstante, si el Jurado lo estimase oportuno, y con base debidamente motivada, podría otorgarse más de un GALARDÓN
Para participar como candidatos a la obtención del GALARDÓN los Participantes deben tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid
EL JURADO
El jurado de los premios estará compuesto, por representación de:
• Consorcio de Transportes
• ADESGAM
• AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL
Conforme el siguiente detalle:
• Gerente del Consorcio
• Presidente de la Asociación
• Director de División CENTRO de Grupo Avanza
Presidirá el Jurado el representante de Grupo Avanza
El jurado se reunirá y adoptará la decisión de otorgamiento del Galardón, una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas y antes del 15 de mayo de cada anualidad.
Cada miembro del jurado tendrá un voto, en caso de empate, el Presidente del mismo tendrá voto de calidad que será dirimente para resolver.
Si el Jurado lo estimase oportuno, podrá declarar desierto el otorgamiento del galardón, si no han sido postuladas candidaturas o las que hayan sido presentadas no reúnen los requisitos mínimos de conformidad a estas bases. Igualmente, el Jurado podrá otorgar más de un reconocimiento en una misma edición.
Así mismo, el Jurado podrá otorgar el GALARDÓN, con carácter HONORÍFICO a la persona física o jurídica que entienda conveniente que haya demostrado, a lo largo de su trayectoria, una activa promoción turística de la Sierra de Guadarrama de Madrid. Este GALARDÓN HONORÍFICO, únicamente podrá ser otorgado, de haber sido aceptado por la unanimidad de los integrantes del Jurado.
Criterios de valoración
Para la valoración por el Jurado de las propuestas presentadas se tendrá en cuenta, entre otras cuestiones:
- Propuesta de planes realizados en la Sierra de Guadarrama, primándose la defensa de la flora y fauna autóctonas, el respeto por el medio ambiente y el fomento para la declaración de espacios naturales protegidos, si ha lugar a ello, de acuerdo con la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad: (*) Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo. (*) Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.
- Creación y diseño de rutas de senderismo y “Mountainbike”, con la dotación de las infraestructuras necesarias para el total respeto del medio ambiente.
- Creación y diseño de rutas culturales guiadas, por los distintos municipios de la Sierra de Guadarrama
- Celebración de actividades culturales y/o deportivas, que permitan una amplia participación de toda la ciudadanía.
- Celebración de talleres, aulas, charlas divulgativas, exposiciones provisionales, exposiciones itinerantes, para la difusión y conocimiento de actividades artesanales, y agrícolas, y fomento de su recuperación para evitar la despoblación de las zonas rurales.
- Impacto del fomento para la utilización del transporte público: aportación de soluciones al cambio de conductas y costumbres relacionadas con los modelos tradicionales de movilidad basados en el uso del vehículo privado
- Minoración de vehículos privados en los parkings de los municipios de la sierra, sin que minore el número de visitantes.
- Grado de implantación: vocación de permanencia en el tiempo, de las propuestas presentadas.
SEXTA.- CONDICIONES
Será requisito imprescindible, que la persona a la que haya decidido otorgarse el GALARDÓN aporte a AVANZA sus datos personales (NIF/NIE/ Pasaporte, nombre, apellidos y email) así como que acepte mediante comunicación efectuada por escrito a AVANZA el galardón obtenido.
AVANZA se reserva el derecho de excluir, sin previo aviso, a todas aquellas personas e instituciones que hagan un uso fraudulento y contrario a la buena fe de la entrega del GALARDÓN.
El no cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones implicará la pérdida del derecho a recibir el GALARDÓN.
SÉPTIMA.- GESTIÓN DE LA ENTREGA DEL GALARDÓN
La entrega del GALARDÓN se hará en Acto Público , confirmándose lugar y fecha con la debida antelación.
A partir del día 30 de mayo, una vez conocido el nominado, AVANZA procederá a ponerse en contacto con el mismo mediante llamada telefónica o correo electrónico. Se intentará conectar con él durante los tres (3) días hábiles posteriores al sorteo. En caso de no obtener respuesta o rechazarse el GALARDÓN, se declarará desierto.
AVANZA procederá a la organización, notificación y difusión del acto público para la entrega del GALARDÓN
NOVENA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN
Los Participantes autorizan que, en caso de resultar ganador, recibirá el GALARDÓN en las condiciones descritas en estas bases.
En su virtud, su nombre y apellidos, su voz y/o su imagen, serán difundidos, comunicados públicamente, mostrados, reproducidos, modificados y/o editados a los efectos de utilizarlos en el acto público de la entrega del galardón y/o en cualesquiera otros medios de difusión que la organización considere convenientes, tales como, y sirva a modo de ejemplo y por tanto de forma no excluyente, en campañas de publicidad en redes sociales e institucionales y en diarios digitales, por el plazo de duración legal de los derechos de explotación, hasta su entrada en dominio público.
Al participar en la entrega de los GALARDONES, el Participante comprende y acepta que no tendrá derecho a contraprestación ni compensación de ningún tipo por el uso que pudiere hacer el organizador en el contexto y/o con causa de la entrega del GALARDÓN.
AVANZA no será responsable de cualquier falsedad o inexactitud en las manifestaciones realizadas por el Participante, así como de cualquier infracción de derechos de terceros efectuada por los Participantes en el marco de la entrega del GALARDÓN, manteniendo los Participantes indemne a AVANZA, en dichos casos.
Los Participantes que resultaren merecedores de la entrega del GALARDÓN garantizan que conceden a AVANZA, y suponiendo que se dé tal circunstancia, la autorización de uso de los símbolos, signos, marcas, eslóganes, nombres comerciales y demás derechos de propiedad intelectual o industrial que les correspondan a los solos fines de su difusión, quedando comprometidos los Participantes que resultaren ganadores a exonerar de cualquier responsabilidad a AVANZA y a mantenerle indemne frente a cualquier reclamación que le pueda ser hecha con relación a este asunto.
DÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Para el desarrollo de las presentes bases es necesario que AVANZA trate una serie de datos de carácter personal de los Participantes;
Por esto, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como conforme se establece en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD), se informa a los Participantes en la presente Promoción de los siguientes extremos, relativos al tratamiento de sus datos de carácter personal:
- Responsable y Encargado del tratamientoEl responsable y encargado del tratamiento de los datos personales de los participantes es AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL, S.L., con CIF B79072823.- Finalidad del tratamientoSiendo la base legal para el tratamiento de los datos, el interés legítimo en la participación para la posibilidad de obtención del GALARDÓN y cumplimiento de las obligaciones legales que recaen sobre AVANZA, los datos personales únicamente serán tratados a dicha finalidad y la difusión y promoción del transporte público para el fomento del turismo en la Sierra de Guadarrama, de Madrid.- Duración del tratamientoLos datos personales de los Participantes serán tratados durante el tiempo necesario para llevar a cabo las actividades de la presente Promoción.Al haber transcurrido los periodos de tiempo que fija la legislación vigente, se procederá a la destrucción de los datos personales mediante un procedimiento seguro, conforme así determina la normativa de aplicación.- CesionesLos datos de los Participantes podrán ser comunicados a terceros (jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes, etc.) cuando sea necesario en cumplimiento de obligaciones legales.En el caso de comunicaciones de sus datos personales a empresas ubicadas fuera del Espacio Económico Europeo (EEE), se aplicarían las medidas necesarias de acuerdo con lo establecido en el RGPD.- Ejercicio de derechos por parte del interesadoLos Participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad, así como los relativos a la limitación oposición al tratamiento de sus datos personales mediante comunicación directa a AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL, S.L. con domicilio en 28021 Madrid, calle San Norberto, 48, o mediante correo electrónico a la cuenta:dpo.avanza@mobilityado.com.Para poder ejercer dichos derechos, será necesario acreditar de forma indubitada la identidad del solicitante, mediante aportación de DNI o documento equivalente.- ReclamaciónEn caso de que los Participantes entiendan que no se han respetado sus derechos de manera adecuada, tendrán derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
ÚNDECIMA.- RESPONSABILIDAD
AVANZA se reserva la facultad de cancelar, suspender o modificar las presentes Bases, así como la organización, y/o gestión de la convocatoria.
AVANZA se reserva el derecho de excluir, sin previo aviso, a todas aquellas personas que hagan un uso fraudulento, o contrario a la buena fe.
DUODÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO
La presente convocatoria se rige por la legislación española vigente.
Para toda controversia que pudiera surgir en la interpretación y aplicación de las presentes bases, tanto AVANZA como los participantes de la convocatoria, en cualquiera de sus ediciones, se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid.